Era la una de la madrugada del 21 de febrero de 1814 cuando la puerta del Ship Inn de Dover se abrió de golpe y un oficial borbónico, aparentemente agotado, entró corriendo. Acababa de cruzar el Canal de la Mancha desde Francia, jadeó, y venía cargado con la mayor noticia de los últimos veinte años. Luego pidió papel y tinta, y escribió una carta al almirantazgo de Londres transmitiendo «despachos de la más feliz naturaleza», es decir, que «Bonaparte fue alcanzado por una partida de cosacos, que lo mataron inmediatamente».
La noticia del fallecimiento de Napoleón circuló. La gente suspiró aliviada y los mercados reaccionaron con euforia. Pero cuando el engaño salió a la luz —Napoleón moriría siete años después—, resultó que el supuesto oficial y sus cómplices habían comprado bonos del Gobierno británico con antelación, obteniendo un beneficio de 500 000 libras esterlinas (50 millones de libras esterlinas en la moneda actual) al venderlos posteriormente. Los conspiradores fueron procesados y su delito sentó un precedente legal, pasando a los anales de la historia como el Gran Fraude Bursátil de 1814.
¿Desde cuándo existe el abuso de mercado?
La supuesta muerte de Napoleón es un ejemplo destacado de abuso del mercado, pero no es ni el primero ni el último. En el año 600 a.C., el filósofo Tales de Mileto acaparó el mercado de las prensas para aceitunas y se hizo con el monopolio. Y en 2022, la Comisión del Mercado de Valores de Estados Unidos (SEC) presentó 43 denuncias penales ante los tribunales solo por el delito de uso de información privilegiada (15 más que en 2021).
¿Qué es el abuso del mercado?
La SEC aplica una definición muy amplia para hacer justicia a las innumerables formas que existen de manipulación del mercado. «La manipulación del mercado se produce cuando alguien afecta artificialmente a la oferta o la demanda de un valor (por ejemplo, haciendo que los precios de los instrumentos suban o bajen drásticamente)», escribe la SEC.
¿Qué normativa cubre el abuso de mercado en la UE y en España?
La normativa actualmente en vigor a nivel de la UE es el Reglamento de Abuso de Mercado (MAR) de abril de 2014, que se compone del Reglamento UE 596/2014, de aplicación directa en todos los Estados miembros, y de la Directiva 2014/57/UE de Sanciones, que, como todas las directivas, se transpone a la legislación nacional.
El MAR constituye un marco global establecido por la Unión Europea para impedir, entre otras cosas, la manipulación del mercado, las operaciones con información privilegiada y la difusión pública ilícita de dicha información. Al ser un reglamento se aplica directamente, no tiene que transponerse a las legislaciones nacionales de los Estados miembros. Su principal objetivo es mantener la integridad de los mercados financieros y reforzar la confianza de los inversores aplicando estrictas normas de cumplimiento y severas sanciones en caso de infracción.
La segunda pata de MAR, la Directiva de Sanciones 57/2014, se transpuso a la legislación nacional el 20 de febrero de 2019 mediante la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifican los artículos 284 y 285 del Código Penal español.
6 tipos de abuso del mercado
A pesar de esta formulación tan generalizada y de la gran inventiva de los defraudadores, hoy en día existe una especie de «taxonomía del engaño» exhaustiva. El Consejo de Normas de los Mercados Financieros (FMSB), una organización sin ánimo de lucro que elabora nuevas normas de mercado, examinó 400 casos de abuso de mercado en 28 países a lo largo de más de 200 años en un estudio a gran escala y agrupó casi dos docenas de técnicas diferentes de manipulación del mercado en seis categorías de conducta indebida.
«Puede que la historia no se repita, pero rima» es el lema del estudio. Decide por ti mismo en qué categoría clasificaría el Gran Fraude Bursátil de 1814.
El espectro de conductas que influyen ilícitamente en el precio de los valores o derivados incluye las siguientes:
La negociación circular suele implicar la realización de operaciones que se anulan entre sí, por lo que no transfieren ningún riesgo o valor de mercado. El espectro de transacciones sin razón comercial legítima incluye:
El conocimiento de información privilegiada se convierte en un perjuicio para terceros en casos de:
Las acciones o intentos emprendidos para influir en los precios de referencia que se utilizan en el mercado para valorar otras posiciones son ilegales. Entre las diversas formas de influir ilícitamente en los precios de referencia figuran las siguientes:
Los clientes o sus datos pueden ser utilizados indebidamente por:
Se puede crear una impresión engañosa en la mente de los clientes o de los participantes en el mercado mediante:
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